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Criminalización de la migración y xenofobia

  • Foto del escritor: grupo4invf
    grupo4invf
  • 23 may
  • 2 Min. de lectura

1. ¿QUÉ SIGNIFICA "CRIMINALIZACIÓN DE LA MIGRACIÓN"?

La criminalización de la migración ocurre cuando el acto de migrar es tratado como un delito o falta, en lugar de un ejercicio legítimo de los derechos humanos.

Aunque la migración irregular no es un delito penal en Ecuador, en la práctica, algunos discursos, políticas y procedimientos tienden a asociar la migración con peligrosidad, ilegalidad o delincuencia, afectando gravemente los derechos humanos de las personas migrantes.

2. MARCO JURÍDICO ECUATORIANO

a. Constitución del Ecuador (2008)

  • Art. 40: “Ninguna persona será identificada ni considerada como ilegal por su condición migratoria”.

  • Esto prohíbe expresamente la criminalización de la migración.

b. Ley Orgánica de Movilidad Humana (2017)

  • Reconoce la migración como derecho humano.

  • Promueve un enfoque humanista, no punitivo ni criminalizante.

  • Establece procedimientos administrativos (no penales) para regularizar estatus migratorio.

c. Código Orgánico Integral Penal (COIP)

  • Penaliza el tráfico ilícito de migrantes (Art. 213) y la trata de personas (Art. 91), pero no la migración irregular.

3. PRÁCTICAS DE CRIMINALIZACIÓN INDIRECTA

A pesar del marco legal garantista, se han identificado prácticas preocupantes:

a. Controles policiales arbitrarios

  • Personas migrantes (especialmente venezolanas) son detenidas por no portar documentos o por su aspecto físico/acento.

  • Casos de deportaciones exprés sin debido proceso, especialmente en operativos masivos.

b. Asociación mediática entre migración y delincuencia

  • Noticias y redes sociales vinculan a migrantes con violencia, delitos o crimen organizado sin datos claros.

  • Esto alimenta prejuicios y legitima acciones represivas.

c. Restricciones de acceso a derechos

  • Negación o retraso en salud, educación o empleo por falta de documentos migratorios.

  • Discurso político que presenta a los migrantes como “carga social” o “competencia laboral desleal”.

4. XENOFOBIA EN ECUADOR

a. ¿Qué es la xenofobia?

Es la hostilidad o rechazo hacia personas extranjeras, basada en prejuicios, miedo o desinformación.

b. Casos documentados

  • Estudios de ACNUR y HIAS reportan un aumento de ataques verbales, violencia física, negación de servicios y discriminación laboral hacia personas migrantes, especialmente venezolanas y haitianas.

  • Mujeres migrantes y personas LGBTI sufren discriminación múltiple.

c. Factores que la alimentan

  • Crisis económica y desempleo.

  • Discursos políticos populistas o nacionalistas.

  • Cobertura mediática sensacionalista.

5. IMPACTOS DE LA CRIMINALIZACIÓN Y LA XENOFOBIA

  • Violación de derechos humanos: detenciones arbitrarias, violencia institucional, falta de acceso a justicia.

  • Exclusión social: desempleo, vivienda precaria, inseguridad alimentaria.

  • Afectaciones psicológicas: miedo, ansiedad, pérdida de dignidad y sentido de pertenencia.

  • Fragmentación social: aumento de conflictos y tensiones comunitarias.

6. RESPUESTAS Y BUENAS PRÁCTICAS

  • Campañas de sensibilización (ej. “Todos somos migrantes”, ACNUR–Estado ecuatoriano).

  • Capacitación a funcionarios públicos sobre trato digno y no discriminación.

  • Implementación de rutas de denuncia y protección para víctimas de xenofobia.

  • Apoyo de ONGs para asistencia legal, psicológica y social.

7. RETOS PENDIENTES

  • Erradicar la narrativa del “migrante delincuente”.

  • Garantizar el debido proceso en deportaciones.

  • Promover una educación intercultural en escuelas y medios de comunicación.

  • Fortalecer los mecanismos de denuncia frente a actos de xenofobia y abuso institucional.






 
 
 

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